La disputa judicial por el rectorado de la Universidad Nacional de Tucumán volvió a escalar con la apelación presentada por el abogado Gonzalo Casas contra la sentencia del juez federal Guillermo Díaz Martínez que rechazó la acción promovida por los ex decanos Miguel Ángel Cabrera y Virginia Sara Luz Abdala. En un extenso escrito de agravios, los decanos sostienen que el magistrado desconoció una decisión previa de la Cámara Federal de Apelaciones, evitó resolver la cuestión de fondo y dictó una sentencia que califican como nula por múltiples razones procesales y constitucionales. La nueva ofensiva judicial se produce mientras la Asamblea Universitaria permanece convocada para el próximo 10 de junio, aunque los propios tiempos del proceso abren interrogantes sobre la posibilidad de que exista una definición firme antes de esa fecha.
La controversia se originó meses atrás cuando Cabrera y Abdala promovieron una acción declarativa de certeza para que la Justicia Federal definiera si el actual rector Sergio Pagani estaba habilitado para competir por un nuevo período consecutivo. Los entonces decanos sostuvieron desde el comienzo que los artículos 17 y 190 del Estatuto reformado de la UNT, interpretados conjuntamente con las decisiones adoptadas por la Asamblea Universitaria, impiden una tercera postulación consecutiva para los cargos ejecutivos de la casa de estudios.
Luego de una primera decisión desfavorable en el juzgado federal, la Cámara Federal de Apelaciones revocó ese criterio, consideró procedente la vía elegida por los actores y dictó una medida cautelar que suspendió la candidatura de Pagani. Sin embargo, cuando el expediente regresó al juzgado para resolver el fondo de la cuestión, Díaz Martínez volvió a rechazar la demanda, decisión que ahora fue apelada por Casas.
El primer agravio desarrollado en el recurso apunta directamente a la competencia funcional del juez. Según la presentación, la sentencia incurre en una “violación a la preclusión y a la cosa juzgada formal” porque volvió a discutir aspectos procesales que ya habían sido resueltos por la Cámara, en un resolución de cuatro votos contrauno. Casas sostiene que el tribunal de alzada había determinado expresamente la procedencia de la acción declarativa de certeza y que, por lo tanto, la única tarea pendiente para el juez era pronunciarse sobre el fondo del litigio. “La discusión sobre la procedencia de la vía estaba agotada y firme”, afirma el escrito.
En uno de los tramos más duros de la apelación, el representante de los decanos acusa al magistrado de haberse apartado del mandato de la Cámara. “Un Juez de Grado no puede corregir ni desobedecer a la mayoría de su propia alzada”, sostiene el recurso, que incluso califica la actuación como una “insubordinación orgánica intolerable”. Según Casas, el fallo produjo una situación de incertidumbre institucional porque pone en discusión quién tiene “la última palabra judicial” dentro de la jurisdicción federal tucumana.
La apelación también denuncia una afectación a los principios de seguridad jurídica y legalidad. El escrito afirma que, si una cuestión ya fue resuelta por un tribunal superior, no puede volver a abrirse en una instancia inferior. “Con el pronunciamiento del juez de Primera Instancia no se sabe bien cuáles son los límites del reenvío y, por tanto, no hay seguridad jurídica ni estabilidad para actuar”, argumenta Casas al pedir la nulidad completa de la sentencia.
Otro de los ejes centrales del recurso es la supuesta violación al debido proceso. Según los denunciantes, la Cámara había ordenado expresamente que el juzgado se pronunciara sobre la cuestión de fondo, pero Díaz Martínez volvió a examinar cuestiones de admisibilidad ya superadas. La presentación sostiene que esa decisión implicó una “negativa a juzgar la materia litigiosa encomendada por el superior jerárquico” y que terminó provocando una “denegación de justicia oportuna en medio del transcurso del cronograma electoral”.
Casas también cuestiona la sentencia por considerar que incurre simultáneamente en vicios procesales. Por un lado, sostiene que el juez avanzó sobre cuestiones que ya no estaban sometidas a debate; por otro, afirma que omitió resolver el verdadero objeto de la demanda. “Ha omitido tratar y pronunciarse sobre la pretensión de mis mandantes”, señala el escrito al referirse a la interpretación de los artículos 17 y 190 del Estatuto universitario.
La apelación insiste en que el punto central del litigio continúa sin respuesta judicial. Según ellos, la sentencia dejó sin resolver si Pagani puede o no presentarse a un tercer mandato consecutivo, cuestión que consideran el verdadero núcleo de la controversia. “Mis mandantes continúan hoy en día sin acceso debido a la justicia”, afirma Casas al sostener que la decisión cuestionada frustró el derecho a obtener una respuesta sobre el fondo del conflicto.
El recurso incorpora además un planteo de nulidad por “exceso ritual manifiesto”. Allí se sostiene que el magistrado utilizó argumentos formales para evitar una definición de fondo y que terminó cerrando el acceso a la jurisdicción mediante una interpretación excesivamente restrictiva. Para ellos, el fallo no sólo afecta sus derechos individuales sino que además impacta directamente sobre el proceso electoral universitario en marcha.
La discusión adquiere especial relevancia porque la Asamblea Universitaria destinada a elegir rector y vicerrector permanece convocada para el 10 de junio, luego de haber sido postergada en medio de la crisis institucional. Sin embargo, el trámite de esta nueva apelación, sumado a los restantes recursos que continúan abiertos, hace difícil prever una resolución definitiva antes de esa fecha. Ese escenario alimenta nuevamente la incertidumbre sobre el futuro inmediato de la elección universitaria y mantiene abierto el conflicto que comenzó con la discusión sobre la candidatura de Sergio Pagani y que, meses después, sigue generando derivaciones judiciales en distintos frentes de la Universidad Nacional de Tucumán.